Reducción de donación inoficiosa

Muchas personas creen que todo lo que pasan en Hollywood es verdadero. Decimos esto porque hemos visto películas y series de TV, donde un personaje dona todos sus bienes, perjudicando el derecho de sus herederos. Pero en el mundo real del derecho, esta acción es ilegal. Es por ello que en este post, haremos un pequeño análisis sobre la reducción de donación inoficiosa.

¿Qué es?

Aunque puedan existir artilugios jurídicos para encubrir una donación como legal, también existen los medios judiciales para declarar nula toda acción antijurídica. De allí la importancia que tienen los jueces de actuar y decidir conforme a su experiencia, sabiduría, rectitud moral y apegado al espíritu de la ley.

En este sentido, puede que una persona quiera conceder un bien, pero no quiere que sus herederos sepan; así que utiliza la figura jurídica de la compraventa para ceder el bien, sin que este reciba dinero a cambio, perjudicando a sus herederos. Sin embargo, esa supuesta venta es declarada nula ante los tribunales por fraude a la ley.

Acción de reducción de donación inoficiosa

La interposición de una acción de reducción de donación inoficiosa, se realiza ante el juzgado cuando el testador concede bienes en vida, en perjuicio de lo que le corresponde por ley a sus herederos.

Sin embargo, para que prospere la acción de reducción de donación inoficiosa ejercida por los afectados, es imprescindible que se den taxativamente los supuestos legales establecidos en el artículo 818 del Código Civil vigente.

Los parámetros legales establecidos en el artículo 818 del Código Civil vigente, tienen el objetivo de conocer el valor total de la herencia del testador y poder restar la parte que podrá disponer este testador libremente. Así como también conocer la porción que pertenece a los herederos. Pareciera muy complicado, pero todo se resume a una simple operación matemática.

Ahora bien, cuando prospera la acción y el juez declara inoficiosa una donación, lo hace en protección de los legitimarios frente a la pretensión del testador de disponer libremente de todos sus bienes. Por lo que las donaciones que quiera hacer el testador libremente se deberán reducir a la parte establecida en el artículo 818 del Código Civil vigente.

Dicho en otras palabras, la reducción de donaciones inoficiosa tiene como propósito limitar al testador de utilizar todos sus bienes; en virtud de un imperativo legal que lo obliga a respetar el patrimonio y el derecho que tienen sus herederos.

Plazo para solicitar la acción de reducción de donación inoficiosa

El plazo para solicitar la acción de reducción de donación inoficiosa, no está claramente establecido en la ley. Por lo que esta ambigüedad legal pudiera perjudicar los derechos legítimos de los herederos.

Hay juzgados que consideran que el plazo para realizar la acción es de 15 años, basando este criterio en lo estipulado en el artículo 1964 del Código Civil. Sin embargo, la mayoría de los juzgados en España consideran que el plazo para realizar la acción es de 5 años. Este criterio está fundamentado en el artículo 646 del mismo código.

En este mismo orden de ideas, también existen diferentes criterios en los juzgados a la hora de establecer desde cuándo se empieza a computar el plazo de prescripción de la acción de reducción de donaciones inoficiosas.

Hay juzgados (en su mayoría) que consideran que este plazo empezará a transcurrir a partir de la muerte del testador; es decir, en el momento de la apertura del testamento. Y hay juzgados que consideran que este plazo empieza a partir del día en que se tuvo noticia de la existencia de la donación.

Para concluir, es preciso destacar que en España se respeta el estado de derecho. Sin embargo, es imperioso que los juzgados tengan un solo criterio a la hora de interpretar y aplicar la ley; y los justiciables puedan tener seguridad jurídica al momento de realizar una acción judicial.

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